INTERNACIONALES

Países piden a la OMC eximir aplicación de algunas patentes y otros derechos de Propiedad Intelectual

Con el fin de no restringir la rápida fabricación de vacunas y tratamientos contra el Covid-19.

18 enero, 2021

India junto a Suráfrica y ocho países más buscan que la Organización Mundial del Comercio (OMC) exima a los países miembros de la aplicación de algunas patentes, y otros derechos de Propiedad Intelectual (IP) en virtud del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, conocidos como ADPIC, por un período limitado de tiempo.

El embajador y representante permanente de la India ante el organismo internacional, Brajendra Navnit, señala que lo anterior tiene como fin garantizar que los derechos de propiedad intelectual no restrinjan la rápida fabricación de vacunas y tratamientos contra el covid-19.

Si bien algunos miembros han expresado su preocupación por la propuesta, una gran proporción de los miembros de la Organización Mundial de Comercio la apoya y ha recibido el respaldo de varias organizaciones internacionales, agencias multilaterales y la sociedad civil global, según consignó el Medio Nuevo Siglo.

ECONOMÍA MUNDIAL

Navnit  recuerda que el Fondo Monetario Internacional (FMI) en su edición de octubre de 2020 de Perspectivas de la economía mundial declara que “…sin embargo, el riesgo de resultados de crecimiento peores que los proyectados sigue siendo considerable. Si el virus resurge, el avance de los tratamientos y las vacunas es más lento de lo previsto, o el acceso de los países a ellos sigue siendo desigual, la actividad económica podría ser menor de lo esperado, con nuevas políticas de distanciamiento social y cierres más estrictos”.

El diplomático afirma que “ya hemos perdido el 7% de la producción económica del escenario de referencia proyectado en 2019, lo que se traduce en una pérdida de más de 6 billones de dólares del PIB mundial.

EXENCIÓN

La propuesta de exención de los ADPIC es una respuesta específica y proporcionada a la excepcional emergencia de salud pública que enfrenta el mundo en la actualidad. Esa exención se ajusta a las disposiciones del artículo IX del Acuerdo de Marrakech que estableció que la OMC puede ayudar a garantizar que no se pierdan vidas humanas por falta de un acceso oportuno y asequible a las vacunas.

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